El Congreso de la Ciudad de México aprobó por unanimidad de los 58 legisladores presentes en el pleno las reformas a la Ley de Movilidad para regular el uso de vehículos motorizados eléctricos personales (Vemepe) que alcanzan velocidades superiores a los 25 kilómetros por hora como motocicletas y monopatines.
Los usuarios de Vemepe estarán obligados a portar licencia, registrar sus unidades y respetar las disposiciones previstas en los reglamentos de la Ley y el de Tránsito.
Si ben la reforma entrará en vigor al siguiente día se su publicación en la Gaceta Oficial, será en los reglamentos de la propia ley y el de Tránsito en los que el Gobierno capitalino definirán los tipos de licencia de acuerdo a las características de la unidad y tendrán un plazo de 360 días para realizar las adecuaciones correspondientes.
La incorporación a la ley de esta nueva categoría de vehículos “es el primer paso para afianzar un marco normativo que regule su uso y pondere las condiciones de seguridad necesarias para garantizar el derecho a la movilidad de quienes transitamos las calles de la ciudad” señaló el diputado de Morena, Miguel Ángel Macedo Escartín, presidente de la Comisión de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial, al presentar al pleno el dictamen.
En su discusión, se aprobaron reservas del diputado de Morena, Paulo Emilio García, para agregar a la definición de vehículo motorizado la característica de contar con un motor que “tiene una potencia continua nominal a partir de 250 watts y hasta 1 KW (1.34 HP)”
Así como una de la diputada de Movimiento Ciudadano, Patricia Urriza, respecto de la definición de vehículo no motorizado, a fin de dar claridad sobre aquellos que podrán hacer uso de las ciclovías.
Dicha definición señala que son aquellos “de tracción humana como bicicleta, monociclo, triciclo, cuatriciclo; vehículos recreativos como patines, patinetas y monopatines; incluye a aquellos asistidos por motor de baja potencia no susceptible de alcanzar velocidades mayores a veinticinco kilómetros por hora, y los que son utilizados por personas con discapacidad”.
Macedo explicó que la circulación por banquetas, exceder la velocidad, no utilizar casco, sobrepasar la carga o el número de personas pasajeras son restricciones señaladas en el reglamento que deberán respetar quienes conducen Vemepes, al ser situaciones que ponen en peligro tanto a ellos como a peatones y ciclistas.