La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reiteró que el Congreso de Nuevo León cuenta con la facultad para realizar la designación del gobernador interino, Luis Enrique Orozco Suárez, ante la licencia de Samuel García.
En redes sociales, el Máximo Tribunal del país señaló que su responsabilidad en la democracia es vigilar que los actos de las autoridades cumplan con el orden constitucional y hacerlo valer.
Además, resaltó la tres suspensiones respecto a la titularidad del gobernador interino.
Como antecedentes, detalló que el Congreso del Estado nombró por mayoría al Magistrado Presidente del Poder Judicial de la entidad como gobernador interino.
Indicó que el gobernador emitió un acuerdo mediante el cual designó como interino al Secretario General de Gobierno.
Ambas decisiones fueron impugnadas mediante demandas de Controversia Constitucional ante la Corte.
El Máximo Tribunal del país emitió dos medidas cautelares el 13 de noviembre y una ampliación el 1 de diciembre de este año.
En la primera se suspendió el nombramiento del Congreso por violentar la división de poderes al nombrar al titular del Poder Judicial.
Enfatizó que se suspendió el acuerdo del gobernador en virtud de que no es su competencia realizar tales designaciones y se determinó la procedencia de que Orozco Suárez, designado por el Congreso asumiera el cargo de gobernador interino.
La Corte subrayó que en los acuerdos emitidos, reconoce que la facultad para realizar la designación del gobernador interino es del Congreso del Estado.