Actividades que debes EVITAR en Estados Unidos si no quieres perder tu visa

El trámite de la visa americana de turista B1/B2 es uno de los procesos más solicitados en todo el mundo, ya que el documento permite ingresar legalmente a los Estados Unidos para recorrer atractivos turísticos, hacer negocios o recibir un tratamiento médico.

Y es que la visa de turista también permite al extranjero asistir eventos de deporte, conciertos, visitar a familiares o amigos e ir de compras, siempre y cuando notifiques a los oficiales estadounidenses los sitios que visitarás.

Sin embargo, es crucial que comprendas que hay cierto tipo de actividades que no puedes llevar a cabo en la Unión Americana si posees el visado de turista, ya que de lo contrario podrías arriesgarte a la pérdida de la visa, además de ser castigado por varios años e incluso enfrentar una deportación.

Por ello, aquí en Debate te dejamos toda una lista de las actividades que están permitidas en Estados Unidos si cuentas con la visa de turismo B2.

– Vacaciones

– Turismo

– Tratamiento médico

– Visitar a familiares o amigos

– Asistir a eventos sociales creador por organizaciones sociales, fraternales o de servicios

– Participación en eventos o concursos musicales, deportivos o similares si no se recibe remuneración por ello

– Asistir a cursos de estudios recreativos que no sean para conseguir crédito para conseguir un título

Por otra parte, cualquiera que posea una visa de negocios B1, podrá realizar las siguientes actividades en Estados Unidos:

– Liquidar una propiedad

– Negociar un contrato

– Consultar con socios comerciales

– Participar en una convención o conferencia científica, profesional o de negocios

Es muy importante dejar claro que estas son todas las actividades que no puedes realizar si tienes una visa de visitante para que no pierdas tu credencial o seas castigado por los oficiales estadounidenses:

– Trabajo

– Empleo

– Llegada como tripulante de barco o avión

– Actuaciones que reciban pago o cualquier actuación profesional que sea remunerado

– Vivir de forma permanente en la Unión Americana

– Trabajar como prensa extranjera, en cine, radio, periódico, u otros medios impresos y/o digitales

Compartir:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *