Ciudad de México. La Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México anunció reformas al Reglamento de la Ley de Movilidad para fortalecer la seguridad vial y garantizar condiciones óptimas y seguras en la operación del transporte público de carga, especialmente en el traslado de sustancias tóxicas o peligrosas.
Explicó que en el artículo 120 establece que los vehículos destinados al transporte de materiales peligrosos deberán contar con un dictamen de seguridad emitido por la autoridad competente, que avale el conocimiento del conductor en el manejo de dichas sustancias.
Además, todos los trámites de alta de unidades extranjeras deberán incluir el pedimento de importación, y en el caso de vehículos usados, se deberá acreditar que la unidad fue dada de baja.
Las reformas también contemplan nuevas categorías de licencias. El artículo 126 crea la tipo “E12” para transporte especializado y la “E13”, exclusiva para conductores de vehículos que trasladan sustancias tóxicas o peligrosas.
Para obtener las licencias de los tipos “C”, “D” y “E”, los solicitantes deberán acreditar tener Licencia tipo “A” con al menos tres años de antigüedad y en el caso de las emitidas por otras entidades federativas, se deberá comprobar su vigencia y el cumplimiento de los requisitos de experiencia.
De acuerdo con el artículo 128, quienes soliciten la Licencia tipo “E13” deberán demostrar conocimientos suficientes en la conducción de vehículos que transporten materiales peligrosos.
Estas modificaciones publicadas en la Gaceta Oficial el pasado 10 de octubre, se suman a las recientes reformas al Reglamento de la Ley de Gestión Integral y Protección Civil y al Reglamento de Tránsito, con el propósito de mejorar las condiciones de movilidad y seguridad tanto para los operadores como para la ciudadanía.