Tras las reformas aprobadas a la Ley General en materia de desaparición y a la Ley General de Población el 27 de junio pasado, la Secretaría de Gobernación informó este miércoles que la recolección de datos biométricos para la CURP y para la Plataforma Nacional que se prevé en las modificaciones votadas comenzará en el término previsto por la iniciativa aprobada, que es de 90 días hábiles.
A finales del mes pasado, el Senado aprobó la reforma que mantuvo como uno de sus puntos centrales la obligatoriedad de que la información personal y los datos biométricos de toda la población estén disponibles para ser consultados por las autoridades de seguridad y fiscalías en todo país, pese a las alertas de especialistas y organizaciones de la sociedad civil en torno a un riesgo de vigilancia masiva.
“La fecha de operación será a partir de que se cumpla el término que establece la ley, son los 90 días que tiene el Registro Nacional de Población para poder aplicar los lineamientos. A partir de esa fecha, la CURP biométrica deberá ser reconocida por todos los entes privados y públicos para su manejo”, explicó Arturo Arce, director del Registro Nacional de Población.
Aclaró que no se requerirán al Instituto Nacional Electoral sus padrones, sino que se usarán los datos biométricos con los que cuenta el gobierno federal. Aseguró que la CURP biométrica no será obligatoria y se estará tomando de manera gradual a cada una de las personas. “No están obligados a tomársela; tampoco tendrá ningún costo el que puedan enrolarse en el Renapo, no habrá una obligación como tal”, detalló.
Sin embargo, entes públicos y privados tendrán la obligación de pedir la CURP original, que son 18 caracteres que se manejan como factor primario de identificación, y considerar la biométrica como una actualización.
Sobre el procedimiento de cómo se tomarán los datos biométricos, el funcionario señaló que se hará de dos maneras y cada persona elegirá cuál. La primera será asistiendo a los módulos de Renapo o de los registros civiles, y la otra será vía digital a través de la plataforma de la aplicación LlaveMX, administrada por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
“Ahí lo que podrá hacer el ciudadano es hacer su registro, poder verificar, se realizará una confronta de la información para ver si existen otros datos que ya hayan sido entregados en alguna otra institución, un ejemplo es SAT o Relaciones Exteriores a través de pasaportes; si existe ya un registro, se dará el consentimiento del titular de estos datos de si esta información quiere que sea pasada a Renapo o no”, explicó.
Hasta ahora, hay 145 módulos a lo largo del país en todos los registros civiles y un proyecto de plan piloto en 24 estados para la recolección de datos, así como un módulo en las oficinas centrales de Renapo, en la Zona Rosa en la Ciudad de México.
Así, a partir del 16 de octubre se podrá empezar a realizar el trámite de la CURP con datos biométricos aprobada en el paquete de reformas. En el caso de las personas mayores de edad, explicó Arce, deberán presentar el documento que ya tienen, debidamente certificado.
“Esto nos da muchísimo mayor veracidad en que la información que está en el CURP está soportada con un acta de nacimiento, la cual se encuentra en el sistema nacional. De igual manera, deberán presentar una identificación. En el caso de los menores de edad, para poder tener el enrolamiento, deberán presentar una identificación de la persona que ejerza la patria potestad, y para que se haga su toma de biométricos, tendrá que estar ligado al del padre, madre o tutor”, detalló Arce.
Los funcionarios de Gobernación señalaron que se harán campañas para dar a conocer los procesos durante el periodo legal de 90 días hábiles. Rodríguez hizo hincapié en que la implementación se realizará de forma voluntaria, paulatina, ordenada y coordinada, para garantizar que sea segura, confiable y accesible para la población.
Recordó que la ley también señala que la Secretaría de Gobernación tendrá 120 días naturales para establecer el programa de integración al Registro Nacional de Población de los datos biométricos de niñas, niños y adolescentes, en coordinación y colaboración con autoridades.
Desaparición e identificación de personas
Cuestionados respecto a cómo ayudarán estos datos o se trabajarán en relación con el universo de personas desaparecidas contabilizadas en el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, que supera las 120 mil, así como las más de 70 mil que se reconocen como fallecidas y no identificadas, las autoridades aseguraron que se está definiendo, porque en realidad no cuentan con un número exacto.
“Justamente la reforma a lo que obliga es a que todas las autoridades responsables, hay estados donde los Incifos y Semefos dependen de la Secretaría de Salud, otras de los tribunales superiores de justicia y hay diversas autoridades responsables… Ahora cualquier autoridad que sea responsable tiene que entregar esta información, incluso hay panteones forenses y fosas comunes, y fosas individualizadas que tienen datos y otras sin datos, no podemos dar un número, pero justo la reforma busca atender esa pregunta”, indicó Arturo Medina, subsecretario de Derechos Humanos.
Una vez que se cuente con el universo y sobre todo la información genética que se pueda tomar de esos restos, se contará con una base de datos sólida, aseguró, para poder cruzarla con la información genética de los familiares de las personas desaparecidas. Señaló que ese es un proceso muy complejo que será cruzado en la Fiscalía General de la República, para dar con su identificación.
La Fiscalía General de la República, sin embargo, se negó durante años, mediante un proceso judicial, a echar a andar el Banco Nacional de Datos Forenses que mandataba la ley desde su promulgación original, en 2017. Finalmente, después de ser obligada por un juez, publicó su puesta en marcha en 2023, sin que hasta ahora cuente con información completa. Aun así, las autoridades insistieron en que es importante seguir denunciando.
La queja de los colectivos, aseguraron, es que no se investiga en los ministerios públicos locales, o que las policías o los peritos no buscan. “La única forma que tenemos para responsabilizar a un servidor público es que haya una carpeta de investigación y sabremos qué Ministerio Público no investiga o qué policía de investigación no hace su trabajo. Por eso nos sirve para ayudar a la a la localización”, dijo Rodríguez.
Riesgos de la vigilancia masiva
Especialistas y organizaciones cuestionaron, antes y durante la aprobación de las reformas, que un acceso irrestricto a todas las dependencias de seguridad y procuración de justicia a datos biométricos implicará riesgos importantes para la seguridad.
14 asociaciones civiles, entre ellas Artículo 19, R3D, Data Cívica, Fundar, Amnistía Internacional, Elementa DDHH y Equis Justicia, señalaron en un comunicado conjunto que a pesar de las denuncias sobre inminentes violaciones a los derechos humanos y la exigencia ciudadana de que se abriera el diálogo, el paquete de reformas implicaba una amenaza directa para los derechos humanos y la legalización de la vigilancia masiva por parte del Estado.
Según Rodríguez, para garantizar la seguridad de la plataforma y mitigar los riesgos de hackeos se han implementado múltiples medidas de protección y protocolos de actuación, como el contar con infraestructura de seguridad en diversos niveles de control, de acceso, la cual es monitoreada las 24 horas del día, los siete días de la semana, por personal de Renapo.
“Así mismo, se realizan, porque ya se hace, auditorías periódicas en los sistemas operativos y bases de datos, así como pruebas de seguridad y simulación de ataques que permitan evaluar la efectividad de las medidas de seguridad. Decir que esto no es algo nuevo, algo que se va a hacer, sino que ya se hace todos los días con las bases de datos con las que actualmente cuenta Renapo”, defendió.
(Con información de Animal Politico)