Rosy Sinecio

Ley Alina, la iniciativa que dio origen a la legítima defensa en Quintana Roo

A sus 27 años, Alina Narciso fue condenada a 45 años de prisión después de haber sido acusada del delito de homicidio calificado, tras asesinar a su ex pareja Rodrigo Juárez en un acto que fue catalogado como legítima defensa. Este año, el Congreso de Baja California aprobó una reforma al Código Penal local, la cual introdujo la legítima defensa con perspectiva de género y, gracias a esto, Alina fue liberada y exonerada.

Esta iniciativa, conocida como “Ley Alina”, ha sido adoptada por varios estados de la República con el objetivo de que las mujeres puedan defenderse de personas que las agreden sin enfrentar responsabilidad penal. Una de las entidades más recientes es Quintana Roo.

Conforme a la reforma aprobada el 18 de octubre por el Congreso quintanarroense, la legítima defensa deberá ser considerada ante el Poder Judicial con una perspectiva de género, en línea con lo estipulado en la Ley Alina.

Incluso, la reforma protege a terceras personas, es decir, se aplicará el criterio de legítima defensa con perspectiva de género en situaciones donde alguien intervenga para proteger a una mujer y el agresor resulte lesionado gravemente o pierda la vida.

En este proceso, jueces y magistrados deberán seguir una serie de lineamientos establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a través del Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género, el cual se compone de seis elementos que deberán ser considerados durante el juicio.

“Al ser la perspectiva de género un método de análisis requiere, como cualquier método, un modo ordenado de proceder que permita emprender la búsqueda de algo; en el caso particular, la búsqueda de una solución a un litigio en el que aparenta existir barreras y obstáculos que discriminan a las personas por razón del género y que, por ende, impiden el acceso a la justicia en condiciones de igualdad”, se lee en el documento.

El objetivo de estos lineamientos es concientizar a los jueces y magistrados acerca de las posibles implicaciones discriminatorias y de violencia a las que tanto hombres como mujeres podrían estar expuestos por cuestiones de género, lo que les permitirá dictar una sentencia justa en cada caso.

En sus primeros lineamientos, el protocolo indica que los profesionales del sistema de justicia deben realizar un análisis detallado para determinar si existe alguna forma de violencia relacionada con el género o la orientación sexual de la víctima y posteriormente avanzar en los siguientes pasos que garantizarán una sentencia justa.

Lineamientos para juzgar con perspectiva de género

  1. Identificar si existen situaciones de poder que, por cuestiones de género, den cuenta de un desequilibrio entre las partes de la controversia.
  2. Cuestionar los hechos y valorar las pruebas desechando cualquier estereotipo o prejuicio de género, a fin de advertir las situaciones de desventaja provocadas por esta categoría.
  3. Ordenar las pruebas necesarias para visibilizar dichas situaciones, siempre que el material probatorio sea insuficiente para aclarar la situación de violencia, vulnerabilidad o discriminación por razones de género.
  4. Cuestionar la neutralidad del derecho aplicable y evaluar el impacto diferenciado de la solución propuesta.
  5. Aplicar los estándares de derechos humanos de todas las personas involucradas.
  6. Evitar la utilización de lenguaje basado en estereotipos o prejuicios, y, a su vez, procurar el uso de lenguaje incluyente.

En la noche del 12 de diciembre de 2019, Alina Narciso fue atacada por su ex pareja, Rodrigo Juárez, quien en ese momento ocupaba el cargo de supervisor de la policía en Tijuana. Después de regresar de una reunión, la pareja se involucró en una discusión que escaló a tal punto que Rodrigo intentó asfixiar a Alina. Ella logró alcanzar un arma y disparó en defensa propia contra su agresor, arrebatándole la vida.

A pesar de contar con certificados médicos que evidenciaban las lesiones sufridas por Alina, la Fiscalía del Estado catalogó el caso como homicidio calificado, lo que resultó en una condena de 45 años de prisión para la joven. Esta situación generó una gran indignación en la sociedad.

En enero de este año, la diputada Liliana Michel Sánchez Allende presentó una iniciativa para modificar el Código Penal de Baja California, exigiendo que los casos de legítima defensa se evalúen desde una perspectiva de género. Una vez que la iniciativa entró en vigor a nivel local, el 24 de mayo de este año, el Tribunal de Segunda Instancia revocó de manera unánime la sentencia contra Alina.

“Estoy muy agradecida con Dios y con mi madre, creo que todos la conocieron y la difusión que tuvo en mi caso. También agradezco a la gobernadora del Estado por el apoyo y a la comisionada del sistema penitenciario y a la diputada Michel Sánchez que está promoviendo la Ley Alina, que trae muchos beneficios para todas las mujeres”, declaró la joven al salir de prisión.

¿EN QUÉ CONSISTE LA LEY ALINA?

  • Propone que la figura de legítima defensa se incluya cuando, quien se defiende de un delito, le ocasione a la persona agresora una lesión o incluso lo prive de la vida; actualmente, solo se incluye un daño.
  • Justifica la legítima defensa en cuestión de que la mujer sea víctima o haya estado en peligro de ser víctima de violencia física, psicológica, sexual o feminicida, y repela la agresión, o cuando otra persona la repela en auxilio de ella, aun cuando se haya excedido.
  • Se obliga a la Fiscalía, Ministerio Público, jueces y juezas a actuar con una perspectiva de género para poder determinar el origen de la legítima defensa.
  • No se considera un acto de “exceso de legítima defensa” cuando la persona agredida sufra miedo o terror y se encuentre en un estado de confusión que afecte su capacidad para determinar el límite adecuado de su respuesta o la racionalidad de los medios empleados.

ESTADOS QUE SE UNEN A LA LEY ALINA

Aunque los lineamientos establecidos por la SCJN aplican para todos los estados, las entidades que han legislado para garantizar la perspectiva de género como una obligación durante el juicio de la legítima defensa son: Baja California, Oaxaca, Estado de México, Puebla y Quintana Roo.

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