“El INE ha institucionalizado un mecanismo de censura al ordenar a plataformas digitales como Facebook, Instagram o Twitter, que remuevan ciertos contenidos”, señala un grupo de organizaciones de la sociedad civil que cuestionan el uso indiscriminado de medidas cautelares por el Instituto Nacional Electoral, por lo que además advierten el riesgo de censura electoral.
La órdenes de remoción de contenidos de internet se cumplimentan “sin determinar de fondo si se trata efectivamente de un contenido ilegal”, además de que advierten que es una medida “desproporcional e inconstitucional” y que “viola el estándar sobre libertad de expresión”.
Solo entre enero de 2016 y marzo de 2023, el INE emitió 959 cautelares a políticos, partidos, medios de comunicación o periodistas para remover contenidos de internet. En 2018 y 2022 se concentró el mayor número de medidas cautelares emitidas, 19.08 por ciento y 19.91 por ciento, respectivamente.
Una investigación preliminar realizada por la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), Artículo 19, AccessNow y Privacy International, señala que al menos dos de cada 10 medidas cautelares son procedentes al año.
Precisan que las medidas que resultan procedentes incluyen entre sus criterios resolutivos temas de propaganda electoral, violencia política de género y actos anticipados de campaña.
De acuerdo con las organizaciones, predomina en las autoridades electorales —el INE y el TEPJF— un “claro un uso sistemático y generalizado de la figura de las medidas cautelares para remover contenidos en Internet, que estos contenidos son muchas veces expresiones relacionadas a expresiones de crítica política y que se enmarcan en un contexto electoral donde debería existir una protección reforzada a la libertad de expresión”.
Sin embargo, apuntan que este uso excesivo de medidas cautelares no siempre fue así, debido a que hasta antes de 2017, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE —área que emite las medidas cautelares— reconocía los estándares internacionales e interamericanos en materia de libertad de expresión.
Asimismo se consideraba que “la remoción de contenidos en Internet era violatoria a la libertad de expresión”.
Este cambio de criterios, según dan cuenta, se explica parcialmente con el surgimiento de la figura de la Violencia Política por Razones de Género. También cuestionan que “el uso de esta figura es problemático para el ejercicio legítimo del derecho a la libertad de expresión en Internet”.
Medidas cautelares solo son precautorias
De acuerdo con el reporte de censura electoral en México, las medidas cautelares son un recurso jurídico para frenar la realización de un acto, antes de que una autoridad judicial competente determine si el acto es o no ilegal. Es decir que su objetivo es preventivo.
No obstante, las R3D, Artículo 19, AccessNow y Privacy International señalan que cuando estas medidas se aplican en casos de libertad de expresión, implica el bloqueo, eliminación o no distribución de ciertas opiniones o cierta información “sin que un juez competente decida sobre su legalidad”.
Las organizaciones señalan que en el Derecho Mexicano e Interamericano se considera toda libertad de expresión como válida salvo en casos en que se incurran en discursos prohibidos como pornografía infantil, incitación a la violencia y la incitación directa y pública al genocidio.
Además, exponen que en casos como el contexto electoral que actualmente se vive en México, el discurso político y sobre asuntos de interés público, el discurso sobre funcionarios públicos, candidatos a cargos públicos y figuras públicas, son discursos que tienen especial protección y salvo en casos “extremos y excepcionales” pueden limitarse.
Con eso exponen que la remoción de contenidos de internet, a través de medidas cautelares, es una de las reacciones más extremas para el ejercicio de la libertad de expresión.
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INE normalizó uso de medidas cautelares
Las organizaciones de la sociedad cuestionan que la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, sin ser una autoridad judicial ha normalizado el uso de medidas cautelares para pedir a distintas plataformas de redes sociales que remuevan contenidos en Internet.
“En este procedimiento, únicamente tres de los once Consejeros del INE toman la decisión de llevar a cabo la medida más extrema posible de restricción a la libertad de expresión en Internet”, apuntan.
Además, sentencian que este tipo de acciones predomina con mayor gravedad en contextos electorales “en los que las expresiones se enmarcan en un ambiente de discusión que debería ser particularmente tolerante a la crítica y donde la censura debería quedar fuera de cuestión”.