Pide Céspedes a la SCJN mantener la prisión preventiva oficiosa

El gobernador Sergio Salomón Céspedes Peregrina solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que mantenga la prisión preventiva oficiosa, como una forma de atender a los derechos de las víctimas del delito.

Así se sumó al desplegado que este jueves suscribieron los mandatarios estatales afines a Morena, en la víspera de la resolución que deberá emitir el máximo tribunal constitucional respecto de esta figura jurídica.

“Se trata de una decisión que impactará en la seguridad pública y gobernabilidad del país, así como de las entidades federativas”, señaló el funcionario poblano en sus redes sociales.

En el texto publicado los gobernadores hacen un llamado para que la Corte considere sus argumentos, ya que se trata de una decisión que impactará directamente en la seguridad pública y gobernabilidad del país y con ello en la de las entidades federativas.

“Conscientes de la importancia que reviste la observancia del máximo ordenamiento jurídico, nos pronunciamos en calidad de Amicus Curiae, con absoluto respeto a la figura que representa la SCJN, a efecto de que se considere el principio de supremacía constitucional atendiendo siempre a los derechos de las víctimas del delito, puesto que son ellas quienes resienten directamente las consecuencias de las conductas antisociales”.

Consideraron necesario enfatizar que las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos -que pidieron anular la prisión preventiva- son en efecto vinculantes, pero deben estar armonizadas y no transgredir el contenido de la Constitución previo pronunciamiento de la propia Suprema Corte.

“Es decir, resulta de suma importancia mantener un equilibrio entre el respeto a los derechos humanos y el respeto a nuestra soberanía y ordenamiento jurídico interno”.

Indicaron que la figura de la prisión preventiva oficiosa responde a una política de combate al crimen que permite garantizar una adecuada conducción del proceso penal y lograr el esclarecimiento de los hechos, proteger a las víctimas de los delitos, procurar que el responsable no quede impune, así como lograr que sean reparados los daños causados por el delito.

“Es muy importante manifestar que la restricción que se pretende declarar inconstitucional se refiere a delitos de alto impacto y de clara repercusión social que en su momento fueron considerados como graves, y en los que el ministerio público sólo puede solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no resulten suficientes para garantizar la comparecencia del imputado a juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad; así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso. Por lo tanto, solo en esas condiciones precisas, el juez ordenaría la prisión preventiva de forma oficiosa”.

Destacaron que el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que la propia Constitución, las leyes del Congreso de la Unión y todos los tratados serán la Ley Suprema de toda la Unión.

Por lo que si de da preferencia a una norma de carácter internacional sobre el derecho interno, “se traduciría en afirmar que un tribunal contencioso del ámbito internacional tendría el alcance de inaplicar en sentido práctico una norma de rango constitucional, lo que llevaría a vulnerar a la propia Constitución, emanada de la voluntad del constituyente permanente y no de un acuerdo de voluntades entre Estados miembros de la comunidad internacional”.

Finalmente, señalaron que en la misma se establece el procedimiento constitucional para modificar o enmendar su contenido, por lo que pidieron “observancia estricta al artículo 135”.

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