El Senado aprobó los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo reglamentaria de los artículos 103 y 107 constitucionales en términos del dictamen, con lo que se impedirá a jueces suspender normas y obras públicas.
El proyecto de decreto quedó aprobado en lo general y en lo particular.
El Senado remitió la reforma a la Ley de Amparo a la Cámara de Diputados “para los efectos del artículo 72 constitucional”.
Con 66 votos a favor y 37 en contra, el Senado avaló en lo particular los artículos reservados del dictamen que reforma la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107.
Anteriormente, con 69 votos a favor y 42 en contra y cero abstenciones, se aprobaron las reformas a los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, en lo general y artículos no reservados.
En consecuencia, durante sesión vespertina en el Senado y con mayoría de Morena, se aprobó en lo general el proyecto de decreto, asimismo, en lo particular el artículo transitorio no reservado.
Las reformas a los artículos señalados evitarán facultades a jueces para que suspendan normas generales, sin embargo, limitará sus efectos para no invadir el terreno legislativo.
Durante la sesión, la oposición recalcó que estas reformas buscan que no se detenga nada que sea promovido desde el gobierno federal.
No obstante, Olga Sánchez Cordero, presidenta de la Comisión de Justicia, puntualizó que no están afectando derechos ni están haciendo una regresión en las garantías. “Tampoco violentamos el principio de constitucionalidad”, dijo.
Posicionamientos a favor y en contra de reformas a Ley de Amparo
Durante la sesión en el Senado se compartieron posicionamientos tanto a favor como en contra de la reforma de Ley de Amparo.
La senadora Lilly Téllez puntualizó que “Morena va contra el pueblo con la bandera del pueblo” y agregó que el partido no quiere que la sociedad se defienda del gobierno.
“En este momento, a esta hora, en nuestro país en una infinidad de mesas, de aulas, de edificios, de parques, donde hay gente platicando sobre este tema están hablando de esta iniciativa de Morena y ustedes de Morena en este momento son la burla de las barras de abogados”, señaló.
En su intervención, Téllez acusó que Morena le da más poder al poder y al pueblo lo deja en el desamparo. “¿En qué cabeza cabe darle más armas a Goliat contra David? Solo en la cabeza de Morena, solo en la torpeza y la malicia de Morena”, dijo.
El senador Ricardo Monreal compartió su posicionamiento a favor e indicó que lo que realmente se pretende con la reforma es evitar el abuso de la ‘dictadura de la toga’ que genera una gran discrecionalidad en sus asuntos y vulnera el principio de legalidad.
“Los límites que ahora estamos estableciendo son precisamente para eliminar esa excesiva discreción de jueces”, aseveró.
Monreal señaló que “decir que si se aprueba esta ley te van a quitar tu propiedad, decir que mediante esta ley se va a poner o establecer el toque de queda… nada más farsante, decir que con esta ley se eliminan todas las libertades, se termina todo, no es sino raja política electorero mentirosa y falsa“.
Reformas a Ley de Amparo han sido impulsadas por Ricardo Monreal
Este jueves, Ricardo Monreal anunció en un video que en la sesión de hoy se tratarían modificaciones a la Ley de Amparo y detalló con lo único que están haciendo es que los jueces de amparo respeten la Constitución.
“Que concedan suspensión provisional para aquel quejoso que solicite de los actos reclamados. Si se presume de inconstitucional la norma entonces que acudan al procedimiento que establece la Constitución para invalidarla pero que no sea una facultad abusiva y discrecional la que emplee el juez de amparo”, expresó.
El pasado 10 de abril, tras casi dos horas de debate previo, las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos de Segunda del Senado de la República aprobaron con 19 votos a favor y 13 en contra, reformas a la Ley de Amparo que evitan facultades a jueces para la suspensión de normas generales, pero limitando sus efectos para no invadir el terreno legislativo.
La iniciativa ha sido impulsada por el senador Ricardo Monreal y modifica los artículos 129 y 148 de dicha ley reglamentaria de los artículos 103 y 107.
De esta manera, en situaciones excepcionales, los jueces jurisdiccionales no podrán decretar la suspensión de leyes generales reclamadas en juicios de amparo cuando su entrada en vigor pueda ocasionar perjuicios graves al interés social o contravenir disposiciones de orden público.