TEPJF ratifica la licencia definitiva de Santiago Taboada como alcalde de Benito Juárez

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Santiago Taboada Cortina podrá seguir su precampaña hacia la Jefatura de Gobierno de la capital en las elecciones del 2024 con la alianza “Va por la CDMX”, luego de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la decisión del Tribunal Electoral local (TECDMX) que le concedió su licencia de separación definitiva del cargo como alcalde en Benito Juárez.

La decisión del máximo tribunal electoral fue confirmada en un comunicado este miércoles por unanimidad de votos de sus magistrados.

El organismo explicó que la controversia surgió cuando el exlegislador panista presentó una solicitud de licencia para separarse de su cargo como alcalde ante el Congreso local. No obstante, la falta de quórum de éste impidió atender dicha petición en la sesión del pasado 30 de noviembre. Por ello, el aún alcalde acudió al TECDMX, órgano “que en plenitud de jurisdicción otorgó la licencia solicitada”.

La decisión del Tribunal local se dio a conocer en una sesión pública virtual el pasado 1 de diciembre en la que se le concedió la licencia al panista a partir del sábado 2.

Luego de esa decisión, la diputada Martha Ávila, coordinadora del grupo parlamentario de Morena en el Congreso de la CDMX, cuestionó “la falta de competencia” del Tribunal local, por lo que acudió a la Sala Superior del TEPJF.

Casi un mes después, el pleno de la Sala Superior, en sesión pública presencial y a propuesta del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón, confirmó la determinación del Tribunal local.

El pleno consideró que el Congreso local y la legisladora morenista “excepcionalmente contaban con legitimación para promover el medio de impugnación al cuestionar la competencia de la autoridad emisora de la sentencia impugnada”.

Sin embargo, determinó que, contrario a lo alegado por las partes actoras, el Tribunal local sí “era competente para conocer del asunto”, pues habría una posible afectación del derecho político electoral de Taboada a ser votado, así como para adoptar las determinaciones necesarias para salvaguardar el derecho alegado.

Por el contrario, en su sentencia el máximo tribunal consideró que, “conforme a la línea jurisprudencial del TEPJF, el Congreso responsable y la diputada integrante del mismo no contaron con legitimación para cuestionar temas abordados en la resolución impugnada, en específico, si se actualizó o no la omisión atribuida, o si en efecto se vulneró el derecho político electoral de Santiago Taboada, máxime que no se evidenció alguna afectación a la esfera jurídica de la responsable (SUP-JE-1506/2023 y acumulados)”.

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