En el Recurso de Queja 267/2025 del Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa, con sede en Yucatán, resolvió conceder una suspensión provisional que impide entregar obligatoriamente datos biométricos —huellas dactilares, fotografías e incluso escaneo de iris— para la Clave Única del Registro de Población (CURP), informó en X el abogado Joseph Olar.
Precisa el Tribunal que, aun y cuando las normas persigan una finalidad significativa, también hay interés de la población en que “se respete el derecho a la protección de datos sensibles y a la vida privada”, por lo que sí es procedente conceder la suspensión.
El quejoso se amparó contra las reformas a la Ley General de Población (LGP) en materia de fortalecimiento de búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas, según el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 16 de julio.
En ese marco, en Yucatán, dicho Tribunal resolvió un recurso de queja interpuesto por un ciudadano que impugnó luego de que un juez federal rechazó concederle la suspensión provisional por riesgo en la privacidad de datos.
El Tribunal estimó que, pese a que las modificaciones busquen el fortalecimiento de una base de datos para la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas, sí procede otorgar la medida cautelar solicitada contra el contenido en el mencionado estatuto.
En el expediente se menciona que el juez que negó la suspensión opinó que paralizar el procedimiento de implementación de dichas disposiciones sería perjudicial ante el interés de la sociedad de que se fortalezca la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas.
Sin embargo, los magistrados del Tribunal no compartieron el alegato.
“En el contexto narrado, este tribunal estima que, contrario a lo sostenido por el juzgador federal en las circunstancias del caso concreto sí es posible conceder la suspensión provisional únicamente respecto de la Ley General de Población, en un análisis realizado bajo la apariencia del buen derecho”, detalla la resolución.
El caso de Yucatán no es el único: hay otro en Ciudad de México
Sobre el tema, Milenio informa de otro caso, donde Ulises Oswaldo Rivera González, juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, concedió suspensiones a Alejandro García Lumbreras y Víctor Manuel Carrillo Solís, dentro de los juicios de amparo 1309/2025 y 1316/2025, respectivamente.
“En el caso, este órgano jurisdiccional considera que es material y jurídicamente factible conceder la suspensión provisional del acto reclamado para el efecto de que no se obligue a la parte quejosa a proporcionar sus datos biométricos y sensibles para la integración de su Cédula Única de Registro de Población, en los términos precisados por los preceptos reclamados; pues se trata de una medida transitoria que puede materializarse de momento a momento y revocarse en caso de que se negara la protección constitucional, mientras que la entrega de sus datos biométricos, una vez realizada, sería irremediable”, señalan los acuerdos.
El juzgador fijó para el 1 de septiembre la celebración de la audiencia incidental en la que determinará si otorga la suspensión definitiva.
Suspenden CURP en Querétaro
En Querétaro, el recurso de queja 231/2025 subrayó que la CURP biométrica podría justificarse en casos de desaparición de personas, pero también advirtió sobre el interés social en proteger la privacidad.
El tribunal determinó que la legislación actual carece de lineamientos para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos. Por ello, concedió una suspensión provisional hasta que se emitan reglamentos adecuados.
Con las supensiones en diferente estados del país, la CURP biométrica en México, promovidas como la primera identificación oficial única en México, enfrenta un obstáculo importante.
El trasfondo: control estatal y riesgos digitales
Por primera vez en la historia, México tendrá una identificación única con biométricos: huellas de los diez dedos, rostro, iris y firma electrónica avanzada.
El documento será gratuito, físico y digital, con validez universal en trámites escolares, bancarios, médicos y sociales.
El gobierno planea pruebas piloto en Veracruz, Ciudad de México y Estado de México entre julio y diciembre de 2025.
En enero de 2026 comenzará la expansión nacional y, a partir de febrero de 2026, la CURP biométrica será obligatoria para toda la población, incluidos recién nacidos. La CURP actual dejará de ser válida.
Sin embargo, organizaciones civiles y activistas de derechos digitales advierten que el proyecto abre la puerta a una vigilancia sin precedentes.
Pepe Flores, director de la Red en Defensa de los Derechos Digitales, dijo en junio pasado a El país que “cualquier persona pudiera ser un sujeto de interés de un agente corrupto o de una policía sobornada. Eso nos pone en un gran riesgo”.
El activista recordó que en otros países la tecnología biométrica se ha usado para detener migrantes o perseguir opositores políticos.
Y subrayó que México carece de una ley específica que regule la protección y el uso de datos biométricos. Esto aumenta la vulnerabilidad de la población.
Las principales preocupaciones de especialistas incluyen:
- Centralización total: la base de datos estará bajo control de la Secretaría de Gobernación.
- Acceso discrecional: autoridades de cualquier nivel podrán consultar la información sin orden judicial.
- Privacidad comprometida: se teme un historial digital de cada trámite realizado.
- Ciberseguridad débil: no existe una autoridad autónoma que supervise el sistema.
- Exclusión digital: riesgo de discriminación hacia personas sin acceso a tecnología o con discapacidades.
Falta de contrapesos y control ciudadano
Aunque países como Estados Unidos, Brasil o Argentina ya usan sistemas biométricos, todos han enfrentado problemas de filtraciones, errores y exclusión social.
La diferencia, subrayan organizaciones mexicanas, es que en esos países existen más candados legales y contrapesos institucionales.
El debate se mantiene abierto: para el gobierno, la CURP biométrica es un salto tecnológico que facilitará trámites y garantizará identidad universal.
Para activistas, en cambio, es una llave maestra que puede habilitar espionaje estatal sin control ciudadano.
La decisión de los tribunales de Yucatán, Ciudad de México y Querétaro es solo el primer capítulo. El próximo paso será determinar si la suspensión se convierte en definitiva.
Pero la duda no se disipa: ¿la CURP biométrica será un escudo contra fraudes e inseguridad, o el inicio de una vigilancia masiva en México?